Día de la Canción Criolla: organizadores de eventos deben aplicar descuentos al precio de sus entradas para personas con discapacidad
Además, deben destinar cierta cantidad de entradas exclusivamente a este sector de la población.
Durante las celebraciones por el Día de la Canción Criolla y Halloween, los espectáculos públicos y privados suelen incrementarse. Por ello, el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis) recuerda que los organizadores y promotores de eventos deben aplicar descuentos al precio de sus entradas para aquellas personas con discapacidad que deseen asistir.
Esta obligación está contemplada en la Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley 29973), la cual precisa que, en caso de eventos públicos, los organizadores deben aplicar el 50 % de descuento al precio de la entrada para las personas con discapacidad debidamente acreditadas, es decir, a través de su certificado de discapacidad o con el carné del Conadis. En lo que respecta a eventos privados, se debe aplicar el 20 % de descuento al precio de la entrada.
Sumado a ello, la ley indica que se debe reservar cierta cantidad de entradas para este sector de la población. Para eventos públicos, la reserva es del 25 % del número total de entradas. Mientras que, para eventos privados, es del 10 % del total de entradas.
"Estos beneficios son, exclusivamente, para las personas con discapacidad; es decir, son intransferibles y deben cumplirse", señaló Víctor Hugo Vargas Chávarri, director de Fiscalización y Sanciones del Conadis.
Sanciones
En el marco de sus competencias y de acuerdo con Ley 29973, el Conadis podría iniciar un procedimiento sancionador e incluso multar a los organizadores de eventos, públicos o privados, que impidan el ingreso de personas con discapacidad, debidamente acreditadas, con hasta 7 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a S/ 34 650, al tratarse de una infracción grave.
En cuanto a la inaplicación del descuento del 50 % y 20 % a los precios de las entradas para eventos públicos y privados, respectivamente, la multa ascendería hasta 2 UIT, equivalente a S/ 9 900.
Canales de denuncia
Ante la vulneración de sus derechos, la persona con discapacidad puede denunciar el hecho, si está en Lima, acudiendo al Conadis, en la Av. Arequipa N.º 375, Cercado de Lima. Al llegar, la persona recibirá un ticket para poder ser atendida y un formato de solicitud de denuncia para que proceda con su requerimiento.
Asimismo, puede presentar su denuncia a través de Mesa de Partes virtual. En ambos casos, es recomendable adjuntar evidencias y los medios probatorios correspondientes, a fin de agilizar el proceso, el cual estará a cargo de la Dirección de Fiscalización y Sanciones del Conadis.